La defensa del único imputado por el crimen de Susana Leiva, la mujer de 38 años hallada muerta el 24 de julio en el pozo ciego de la vivienda de Temperley en la que vivían ambos, presentó el recurso de apelación sobre la prisión preventiva dictada por el juez de Garantías, Jorge López.
El 4 de septiembre y tras el pedido por parte del fiscal Héctor Toneguzzo, el magistrado que investiga la causa había otorgado la prisión preventiva para quien era pareja de Leiva, el principal sospechoso. Finalmente, y como lo esperaba la querella a cargo del abogado Jorge Monasterky, la defensa hizo lo propio, y ahora, la Justicia deberá decidir el futuro de la causa.
Monasterky, quien defiende a la familia Leiva, espera que la causa no sufra modificaciones y el pedido por parte de la defensa de Ponce no sea tenido en cuenta por el Dr. López, ya que según consideran existen pruebas suficientes para que continúe detenido.
Mientras tanto, todavía se espera que finalicen algunas declaraciones testimoniales por parte de los vecinos de la vivienda, ubicada en Blanco Encalada. Esto será resuelto tras la resolución del juez respecto de la apelación.
Por otra parte, las pericias del último allanamiento realizado el 16 de agosto pasado, en el que se secuestraron armas blancas, todavía están pendientes. Se está esperando el resultado.
En tanto, la defensa de la familia de Susana Leiva, no pierde las esperanzas y continúa firme en su objetivo: obtener la cadena perpetua para Alberto Ponce.
La causa está caratulada como “homicidio agravado”, teniendo en cuenta el artículo 80 del Código Procesal Penal, en el inciso 1. El mismo sostiene: «Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, al que matare: A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia».
El 14 de noviembre del 2012 la Cámara de Diputados sancionó la ley 26.79, en la que se realizaron algunas reformas en el Código Penal. El femicidio se incorporó en el cuerpo normativo, como figura agravada del delito de homicidio simple. En los incisos 11º del artículo 80 se resolvió la figura del femicidio, y las penas previstas para este tipo de delito es la de reclusión o prisión perpetua para “quien matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.
En el siguiente artículo, también se contempla la misma pena, en caso del que “matare a otro con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1º”.
Por ello, el abogado de la familia Leiva, Jorge Monasterky, pide otra calificación que es la de «homicidio agravado por femicidio, alevosía y ensañamiento”. Si bien, no son muchos los casos por femicidio que se conocen tras la sanción de la ley, la querella no pierde la esperanza.
El 19 de julio el marido de Susana Leiva, Alberto Ponce, denunció su desaparición. Cinco días después fue hallada sin vida en el pozo ciego de su casa.
En el mismo momento en que la Policía encontró el cuerpo de la mujer, Ponce no se encontraba en la vivienda que compartían, por lo que comenzó a ser el principal sospechoso por el crimen de Leiva.
Horas más tarde, la Policía detuvo a Ponce en el barrio porteño de Constitución. Es el único imputado en la causa por el asesinato de la mujer.