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Histórico revés judicial para Coto: deberá pagar una millonaria indemnización por un auto robado en Temperley


Un fallo de enorme trascendencia para los derechos de los consumidores sentó un precedente ineludible en el ámbito del comercio minorista y la seguridad privada. La Justicia Nacional en lo Comercial condenó a la cadena de supermercados Coto a indemnizar con 17 millones de pesos, más los intereses acumulados, a un cliente que sufrió el robo de su automóvil en la playa de estacionamiento de la sucursal de Temperley, partido de Lomas de Zamora, en el año 2016.

El hecho delictivo ocurrió el 3 de febrero de aquel año, cuando el damnificado, Guillermo Juan Calvo, estacionó su automóvil marca Torino TSX en la playa del hipermercado ubicado en la avenida Hipólito Yrigoyen al 10.699 e ingresó al salón comercial junto a su esposa para realizar las compras del día. Al salir del establecimiento, la pareja constató con desesperación que el vehículo ya no se encontraba en el lugar asignado. Tras dar aviso inmediato al personal de seguridad privada, el vecino radicó la denuncia penal en la Comisaría 3ª de Temperley. El rodado clásico nunca pudo ser recuperado.

La doctrina del deber de seguridad en las playas comerciales

Ante la negativa de la empresa de hacerse cargo del siniestro bajo el argumento de que el estacionamiento era gratuito, que el conductor conservaba las llaves del vehículo y que existían carteles indicando que la firma no se responsabilizaba por robos, el damnificado acudió a la vía judicial. El titular del Juzgado N.º 14, el magistrado Pablo Daniel Frick, rechazó de plano las justificaciones de la corporación y remarcó la plena responsabilidad comercial del establecimiento en la custodia de los bienes de sus clientes.

En los fundamentos del fallo, el juez Frick determinó de manera categórica que la oferta de una playa de estacionamiento constituye un beneficio comercial directo para atraer un mayor flujo de clientes e incrementar las ventas del supermercado. Por consiguiente, esa ventaja competitiva acarrea de manera ineludible un deber objetivo de seguridad y custodia sobre los automotores. La sentencia destacó además que Coto no aportó ningún elemento de prueba fundamental, tales como registros de cámaras de vigilancia, informes de seguridad interna o testimonios de empleados de turno para desmentir el siniestro.

En contraste, el denunciante aportó una sólida base probatoria que incluyó el ticket original de ingreso al estacionamiento de Temperley, los comprobantes de compra del supermercado, el resumen de su tarjeta de crédito y la denuncia policial correspondiente. El monto indemnizatorio de 17 millones se dividió en 15 millones de pesos por el valor de mercado del Torino clásico —cuya tasación resultó compleja debido a la antigüedad del modelo— y otros 2 millones de pesos por la privación del uso del rodado durante la década que demoró el proceso.

En síntesis

  • La Justicia condenó a Coto a pagar $17 millones más intereses por el robo de un Torino TSX en su sucursal de la avenida Hipólito Yrigoyen al 10.699 en el año 2016.
  • El magistrado Pablo Daniel Frick determinó que las empresas que ofrecen estacionamiento asumen un deber objetivo de seguridad que no puede eludirse con carteles de advertencia.
  • El hipermercado no presentó pruebas de cámaras ni informes de seguridad, mientras que el cliente certificó su presencia con tickets de compra y de ingreso al estacionamiento.
  • La sentencia, que aún puede ser apelada por la cadena de supermercados, reafirma la jurisprudencia pacífica en defensa de los derechos del consumidor en la provincia de Buenos Aires.

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